Municipales 2026Explicador
Del TREP al juramento: qué pasa ahora con los intendentes y concejales electos
Los resultados del TREP son preliminares. Los Tribunales Electorales tienen hasta el 23 de octubre para el cómputo oficial y la proclamación, y los intendentes y concejales electos asumen el martes 3 de noviembre de 2026.

Las elecciones municipales del domingo 4 de octubre de 2026 ya tienen ganadores según la Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), pero ningún intendente ni concejal está todavía proclamado. Desde el lunes 5 de octubre, los Tribunales Electorales de cada circunscripción revisan mesa por mesa las actas de escrutinio para fijar el resultado oficial, un proceso que según el cronograma del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) debe terminar el viernes 23 de octubre.
Después vienen la entrega de títulos, hasta el 30 de octubre, y la asunción de las nuevas autoridades el martes 3 de noviembre. Los electos gobernarán durante el período 2026-2031: en total, 263 intendentes y 2.832 concejales titulares con igual número de suplentes, según los números oficiales del TSJE.
Si buscás los números de tu ciudad, están en resultados de las municipales 2026 por ciudad.
El calendario oficial, paso a paso
Estas son las fechas que fija el cronograma electoral del TSJE para lo que resta del proceso:
| Fecha | Qué pasa | Quién lo hace |
|---|---|---|
| 5 al 16 de octubre | Repliegue de máquinas de votación y equipos de transmisión | TSJE |
| 5 al 23 de octubre | Cómputo en única instancia y proclamación de los electos | Tribunales Electorales de cada circunscripción |
| Hasta el 30 de octubre | Entrega de títulos a los candidatos electos y proclamados | Tribunales Electorales |
| 3 de noviembre | Juramento y toma de posesión de intendentes y concejales | Juntas Municipales |
| 4 al 18 de noviembre | Comunicación a la Contraloría de la lista de autoridades electas | TSJE |
| Hasta el 5 de noviembre | Rendición de cuentas de cada candidato en el sistema SINAFIP | Candidatos |
| Hasta el 3 de diciembre | Rendición final y pedido de subsidio electoral | Partidos y alianzas |
| 18 de diciembre | Publicación de todas las rendiciones en el ONAFIP | TSJE |
TREP y cómputo oficial no son lo mismo
El TREP es, según la resolución del TSJE que lo reglamenta, un sistema de información "oficiosa, no vinculante". Se arma con un documento específico: el certificado de resultados que cada mesa imprime desde la máquina de votación al terminar el escrutinio, firmado por sus tres miembros, que luego se escanea y se transmite desde el mismo local.
El cómputo oficial usa otra pieza: el acta de escrutinio, que viaja junto con el padrón y el resto del expediente electoral en un sobre cerrado y precintado. El sobre pasa de la mesa a la Junta Cívica, de ahí al juez electoral y finalmente al Tribunal Electoral, que según el Código Electoral (Ley 834/96) debe verificar primero que llegaron las actas de todas las mesas y que ningún sobre muestre señales de haber sido abierto.
| TREP | Cómputo oficial | |
|---|---|---|
| Documento | Certificado de resultados para el TREP | Acta de escrutinio |
| Cuándo | Desde el cierre de la votación, el mismo día de la elección | Del 5 al 23 de octubre |
| Quién | Operadores de transmisión del TSJE | Tribunales Electorales, con apoderados |
| Valor legal | Preliminar, no vinculante | Definitivo, base de la proclamación |
Por eso los números publicados desde el domingo a la noche son preliminares, aunque el TREP haya llegado a 14.710 de las 14.711 mesas del país. El resumen nacional está en resultados de las elecciones municipales 2026.
Cómo se hace el juzgamiento de actas
Cada Tribunal Electoral está integrado por tres miembros, según la Ley 635/95. En el juzgamiento, el Tribunal abre los sobres, extrae las actas y revisa el expediente de cada mesa en presencia de los apoderados de los partidos, movimientos y alianzas. Las impugnaciones se tratan en esa misma etapa.
El Código Electoral define el cómputo como la suma de los resultados de las actas de escrutinio de todas las mesas que funcionaron. Al terminar, el Tribunal debe establecer los votos de cada partido, movimiento o alianza en cada cargo, además de los votos nulos y en blanco, y entregar certificados a los apoderados. Los cargos se adjudican en el orden en que quedan los candidatos de cada lista.
En esta etapa también se definen los llamados votos a computar: votos que el TREP incluye en el total de cada distrito, pero que todavía no están asignados a ninguna candidatura ni contados como blancos o nulos. El TREP los informa en una columna aparte: en Asunción figuran 89 votos a computar, frente a una diferencia de 5.024 votos entre los dos primeros, y en todo el país suman 748 en la elección de intendentes. El detalle de la capital está en quién ganó en Asunción.
Qué se puede impugnar
Las actas, padrones, protestas e impugnaciones tienen calidad de instrumento público, según el artículo 313 del Código Electoral. Los apoderados pueden objetar mesas concretas, y la ley prevé causales de nulidad, entre ellas:
- la ausencia, destrucción o adulteración fraudulenta de la documentación de la mesa;
- el voto de personas que no figuran en el padrón o el voto múltiple;
- que se haya negado la fiscalización a los apoderados o veedores;
- la coacción sobre los electores o la violación grave del secreto del voto.
Hay dos límites claros. La nulidad puede aplicarse solo a la mesa o al distrito afectado, y únicamente cuando lo anulado supera el 20% de los electores cae la elección completa. Además, no se declara una nulidad "por la nulidad misma" si no hay un perjuicio evidente, ni puede pedirla quien provocó el problema.
En las municipales, el artículo 15 de la Ley 635/95 establece que los Tribunales Electorales hacen el cómputo "en única instancia" y proclaman a los electos. Los plazos procesales de esa ley son perentorios e improrrogables: como regla general, hay tres días para apelar una sentencia definitiva y 48 horas para otras resoluciones, en los casos en que la ley admite recurso.
Dónde el cómputo puede ser decisivo
En la mayoría de los 263 distritos, la distancia entre el primero y el segundo es tan amplia que el cómputo oficial solo formaliza lo que mostró el TREP. Pero en 10 distritos la diferencia fue menor a 100 votos, y ahí la revisión de cada acta y cada impugnación pesa.
Los casos más ajustados según el TREP son San José Obrero, en Cordillera, donde el candidato del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) quedó adelante por un solo voto sobre el de la Asociación Nacional Republicana (ANR), y Villa Florida, en Misiones, con 6 votos de diferencia a favor de la ANR. Le siguen distritos con márgenes de dos cifras, como Juan Augusto Saldívar, en Central, con 56 votos.
Según el TREP, en ninguno de esos distritos los votos a computar superan la diferencia entre el primero y el segundo; en San José Obrero y Villa Florida no hay ninguno. Lo que puede mover el resultado ahí es el examen de las actas y de las impugnaciones. La lista completa de los distritos más reñidos está en el resumen nacional de las municipales.
Cuándo y cómo asumen las nuevas autoridades
La Ley 3966/10, Orgánica Municipal, dispone que las autoridades electas tomen posesión 30 días después de las elecciones, "de no mediar contiendas judiciales". Por eso la fecha es el martes 3 de noviembre de 2026.
Ese día, los concejales electos se reúnen en sesión preliminar, que dirige el primer candidato de la lista proclamada, y eligen al presidente y al vicepresidente de la Junta Municipal. En esa misma sesión toma posesión el intendente, que presta juramento ante los concejales. Si hubiera inconvenientes, jura ante el juez electoral de la circunscripción.
Los intendentes duran cinco años en sus funciones, según el artículo 253 del Código Electoral. La convocatoria del TSJE, la Resolución 166/2025, fijó para estas elecciones el período 2026-2031.
Qué sigue después del 3 de noviembre
Cada candidato debe presentar su rendición de cuentas en el sistema SINAFIP hasta las 23:59 del 5 de noviembre, y los partidos y alianzas tienen hasta el 3 de diciembre para su rendición final y el pedido de subsidio electoral. El 18 de diciembre, el TSJE publicará todas esas rendiciones en el Observatorio Nacional de Financiamiento Político (ONAFIP), de libre acceso.
El próximo turno electoral ya tiene reglas: las elecciones generales deben realizarse en abril o mayo de 2028. Las fechas posibles y lo que falta definir están en el calendario de las elecciones 2028.
Preguntas frecuentes
Cuándo asumen los intendentes electos en 2026?
El martes 3 de noviembre de 2026. Ese día las Juntas Municipales toman posesión y los concejales toman juramento al intendente; si hay inconvenientes, el intendente jura ante el juez electoral.
Qué diferencia hay entre el TREP y el cómputo oficial?
El TREP es una transmisión preliminar y no vinculante, hecha con un certificado que se imprime en cada mesa. El cómputo oficial lo hacen los Tribunales Electorales con las actas de escrutinio que llegan en sobres cerrados, junto con los apoderados de cada candidatura.
Puede cambiar el resultado del TREP en el cómputo oficial?
En la gran mayoría de los distritos el cómputo confirma el TREP, pero donde la diferencia es de pocos votos el resultado se define recién en el juzgamiento de actas. En San José Obrero, por ejemplo, el TREP marcó una diferencia de un solo voto.
Quién proclama a los intendentes y concejales electos?
En las elecciones municipales, el Tribunal Electoral de cada circunscripción hace el cómputo en única instancia y proclama a los electos, según el artículo 15 de la Ley 635/95. El plazo es del 5 al 23 de octubre de 2026.
Cuánto dura el mandato de los intendentes electos en 2026?
Cinco años. Los intendentes y concejales electos el 4 de octubre gobernarán en el período 2026-2031.




Debate
Opiná con respeto. Lee las normas de participación: sin insultos, sin datos personales de terceros, sin enlaces.